Los contratos a tiempo parcial significan mas inspecciones laborales

Realizar contrataciones parciales de forma frecuente implican mas inspecciones laborales.

Realizar contrataciones parciales de forma frecuente implican mas inspecciones laborales.

Los contratos a tiempo parcial siempre han existido y responden a una serie de oficios bien conocidos. Sin embargo, ante la dificultad económica en las empresas, ha aumentado el número de contrataciones paraciales en empresas donde tradicionalmente esto no era lo normal.

Se estima que, la contratación a tiempo parcial se eleva ya a una cuarta parte del total de las contrataciones. Esta tendencia, mas acentuada entre 2012 y 2017 puso a España como el pais de la zona Euro donde mas creció este tipo de contratación.

Hoy en dia, los contratos a tiempo parcial son aun un tipo de contratación muy recurrido. Desde 2018 y hasta la actualidad, 2 de cada 5 empleos parciales han sido voluntarios, mientras que el resto son aun forzados por la situación de las empresas que los ofertan.

Medidas de inspeccion de trabajo

Medidas como prohibir la realización de horas extraordinarias para este tipo de contrato;  aunque se da cabida a pactar la posibilidad de realizar “horas complementarias” que nunca podrán sobrepasar el 30% de la jornada. O la reciente implantación obligatoria de fichar las entradas y salidas para toda empresa con empleados, han venido aplicándose para detectar y frenar esta tendencia.

Se vienen realizando inspecciones de trabajo, para evitar que este comportamiento se vuelva en una rutina y abusos hacia el trabajador. La metodología seguirá siendo la usada con anterioridad: una primera fase en que se remitirán comunicaciones a las empresas en cuyos contratos a tiempo parcial se aprecien indicios de fraude, se les concederá el plazo de un mes para su regularización, y una segunda fase, en la que, comprobados los casos en que no se hubiese realizado la regularización, se llevará a cabo la actuación de la Inspección de Trabajo.

El incumplimiento del contrato puede llevar al empresario a enfrentarse a una sanción grave, que puede alcanzar los 6.250 euros, según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.


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