Declaración de la Renta en 2020

Este año no dejes tu Declaración de la Renta para el último momento

Las prisas nunca fueron buenas y a la hora de hacer tu declaración de la renta, esta afirmación cobra mas sentido todavía. Es por ello que es buena idea empezar a recopilar desde ya toda aquella información del 2019 que será necesaria para elaborar la declaración.

Como es sabido, hay muchas causas por las que una declaración de la renta puede devolver un resultado u otro, como son las deducciones, bonificaciones, herencias, patrimonio, renta de salarios y otros conceptos y que pueden significar hasta varios cientos de euros de diferencia y de ahí la importancia de dedicarle su tiempo y saber hacerla bien.

 

CALENDARIO DE PRESENTACIÓN.

La Agencia Tributaria publicó a primeros de año, como es costumbre, el calendario de fechas importantes para los contribuyentes por lo que queda de la siguiente forma:

El próximo 1 de abril se inicia por internet y por teléfono el plazo de presentación de la Declaración del Impuesto de la Renta de las Persónas Fisicas y Patrimonio correspondiente al año 2019. Como ya mencionábamos en una noticia anterior, la presentación por via SMS ya no será posible.

Casi un mes y medio después, el 13 de mayo, es la fecha designada para quienes quieran hacer su presentación de forma presencial.

Hasta el 25 de junio podrán presentarse las declaraciones cuyo restultado salga a ingresar con domiciliación en cuenta.

Finalmente, el 30 de junio es la fecha límite para el restao de casos.

En PB Asesores estamos cerca de ti para poder realizar la declaración de la renta con todos los conceptos que te beneficien.

Visítanos oficinas en Eljas, Cilleros y Valverde del Fresno, en la Sierra de Gata, para que puedas realizar estas gestiones cómodamente en persona y sin desplazamientos. ¿Eres de otras localidades? Sin problema porque también ofrecemos la posibilidad de la gestión telemática de tu declaración de la renta.


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Trámite del Catastro sobre valoración colectiva

Explicamos el procedimiento de revalorización catastral colectiva (total o parcial) de fincas.

Cada cierto tiempo en los Boletines Oficiales Provinciales (BOP) se publican noticias sobre apertura de trámites del catastro. Este es el caso que explicamos ahora, el “Trámite de audiencia previo a las notificaciones de procedimientos de valoración colectiva de carácter parcial”.

 

¿Qué es?

Este es un trámite administrativo mas en el inicio de una valorización de inmuebles. Ejemplo de esto es la siguiente publicación a la que nos referimos en concreto (aunque puede ser cualquier otra en practicamente todo el territorio español) y que menciona a los términos serragatinos de Cilleros o Eljas (https://bop.dip-caceres.es/bop/anuncio.html?csv=BOP-2019-4149, vigente hasta el jueves 26 de septiembre).

Pues bien, el procedimiento de valoración colectiva es una revisión catastral de los valores de los inmuebles de la misma clase en un municipio, pudiendo ser urbanos o rústicos. La finalidad de esto es homogeneizar y referenciar uniformemente su valor con el de mercado.

El hecho de que sea ‘de carácter parcial‘ implica que la revalorización afectará solo a una parte de los bienes inmuebles de la misma clase, de una zona o de varias, a algunos polígonos discontinuos o fincas. Esto requiere una “ponencia de valor”.

La Ponencia de valor la elabora la Dirección General del Catastro y en ella se recogen los módulos de valoración, los criterios y demás elementos precisos para llevar a cabo la determinación del valor catastral de los bienes inmuebles concretamente señalados.

Tras la ponencia de valor, dicho valor es notificado a las personas propietarias mediante una carta con información sobre la ‘regularización catastral’ del inmueble afectado. Ese nuevo valor entra en vigor el 1 de enero del año siguiente en el que se produzca dicha notificación. Si hubiese algun desacuerdo por parte de los propietarios afectados, se puede recurrir en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación.

La finalidad es la incorporación y actualización del Catastro Inmobiliario, de todos los bienes inmuebles urbanos y de los rústicos con construcción. También se hace para actualizar las modificaciones de edificación, como puede ser haber añadido una piscina, un almacén, un garaje; o al contrario: haber hecho demoliciones, por ejemplo.

Aunque no lo sepamos, todas las personas deben declarar ante el catastro de forma explícita y correcta todas las modificaciones o circunstancias que puedan haber alterado el valor catastral del inmueble. De no hacerlo, estaríamos incurriendo en una infracción que va de los 60€ a los 6.000€.

Hacienda pretende, además de los casos de normalidad, detectar estas situaciones irregulares, y regularizarlas con los cambios oportunos, todo ello, mediante el abono de la tasa de regularización catastral (cuyo importe ronda los 60 €), que sustituiría a la tasa por infracción. Algo por lo que se le ha venido a llamar en algunos casos Amnistía Catastral.

 

¿Cómo afecta la revalorización catastral a los propietarios?

Normalmente la revalorización catastral de un inmueble ‘suele ser’ en modo positivo, es decir, que aumente el valor catastral. Ejemplo: si no hay cambio alguno en el inmueble, sólo por la subida anual del IPC, (los costes de la vida), aumenta el valor catastral.

Es importante que revisemos los nuevos datos remitidos por el catastro y su nueva valoración catastral. Debemos comprobar que es correcta y ajustada a la realidad o podríamos acabar pagando las consecuencias.

El nuevo valor catastral influye directamente en los cálculos de futuros impuestos como son el IBI, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en las compraventas, en el IRPF, en las herencias, en las donaciones o en las plusvalías, entre otros.

Por otra parte, si el nuevo valor catastral es superior al antiguo, el ayuntamiento correspondiente recibirá un aviso de catastro informándole de tal punto. El ayuntamiento entonces girará un recibo de IBI por la diferencia entre el IBI abonado con el valor catastral antiguo y el nuevo, y así para cada uno de los últimos cuatro años aún no prescritos.

Y del mismo modo podría suceder con el resto de impuestos.

 

Conclusiones

Con lo expuesto, si las correcciones del catastro son correctas, con realizar el pago de tasa, se regularizará la situación catastral del inmueble. En caso contrario, es aconsejable presentar alegaciones para que se corrijan los datos ajustándose a la realidad para no pagar de más en el futuro.

En PB Asesores podemos ayudarle con estos trámites. Pídanos presupuesto (sin compromiso) o visítenos en nuestras oficinas.


+info: http://www.catastro.minhap.gob.es/esp/ponencias_listrenovaurb.asp

¿aun no has hecho la declaración de la renta?

Si aun no presentaste la declaración de la renta, no lo dejes pasar mas. Hacerla con tiempo garantiza una declaración mas favorable.

La campaña de presentación de la declaración de la renta empezó el 2 de abril y se prolongará como máximo hasta el 1 de julio.

Toda aquella actividad y bienes que generasen renta durante el 2018 han de ser presentados en la declaración de la renta. En función de las circunstancias personales y familiares así como otras causas, pueden determinar los importes a ingresar o cobrar.

En PB Asesores contamos con personal titulado y colegiado que puede ayudar con tu declaración del IRPF de modo que sea lo mas beneficioso posible. Acércate a nuestras oficinas en Valverde del Fresno o en Eljas, saldrás ganando.


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Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta

Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2018

La campaña de presentación de la declaración de la renta empieza hoy martes 2 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio.

Toda aquella actividad y bienes que generasen renta durante el 2018 han de ser presentados en la declaración de la renta. En función de las circunstancias personales y familiares así como otras causas, pueden determinar los importes a ingresar o cobrar.

En PB Asesores contamos con personal titulado y colegiado que puede ayudar con tu declaración del IRPF de modo que sea lo mas beneficioso posible. Acércate a nuestras oficinas en Valverde del Fresno o en Eljas, saldrás ganando.


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¿Has recopilado ya todos los papeles para la Declaración de la Renta?

¿Tienes ya toda la documentación preparada para la Declaración de la Renta?

El 2 de abril comienza la campaña de la declaración de la renta para el 2018. A medida que se va aproximando la fecha y para que luego no sea todo agobios, y es que las prisas nunca fueron buenas, puedes ir recopilando toda la documentación (o si no lo tienes claro, acércate a nuestras oficinas y consúltanos.

El 25 de junio termina la campaña en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

Finalmente, el 1 de julio termina el plazo de la campaña en general.

 

Hay numerosos conceptos que pueden alterar la declaración de la renta tales como deducciones, bonificaciones, herencias, patrimonio, renta de salarios y otros conceptos que pueden significar hasta varios cientos de euros mas de devolución.

En PB Asesores conocemos perfectamente todas estas causísticas y estamos cerca de ti para poder realizar la declaración de la renta con todos los conceptos que te beneficien.

Tenemos oficinas en Eljas y Valverde del Fresno, en la Sierra de Gata, para que puedas realizar estas gestiones cómodamente en persona y sin desplazamientos. También ofrecemos la posibilidad de la gestión telemática de tu declaración de la renta.


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