Campaña Declaración de la Renta 2021 – 2022

¿Cuándo se puede presentar la declaración de la renta del 2021? Calendario y novedades sobre la campaña de este 2022.

Con la próxima llegada del mes de abril, llega la campaña de la declaración de la Renta 2021/2022. Además llega con una serie de novedades a tener en cuenta.

La campaña comienza el próximo 6 de abril y concluye el 30 de junio de 2022, según el calendario dictado por la propia Agencia Tributaria, aunque con otras fechas para las diferentes modalidades, presencial y telefónica.

Con la novedad de la subida del IRPF para las rentas a partir de 300.000 euros y para los patrimonios que superen más de 10 millones, la Agencia Tributaria ya ha sentado las bases del que será el calendario del contribuyente en esta campaña de la renta 2021.

¿Quién debe presentar la declaración de la renta?

Según la normativa, deben presentar la declaración de la Renta aquellas personas que hayan percibido más de 22.000 euros en los 12 meses anteriores con un único pagador.

Aquellos que cuenten con más de un pagador y cuya suma supere los 12.643 euros anuales también deben hacerla.

¿Cuándo empieza la campaña y cuando se puede presentar el borrador?

Este 2022 los plazos para la declaración de la renta se abren de nuevo el primer miércoles de abril, es decir, el 6 de abril, fecha en la que Hacienda ya permite presentar de forma online, a través de internet, la autoliquidación del IRPF.

A partir del 5 de mayo, para aquellos que quieran entregar su declaración de la renta por teléfono, aunque para hacerlo habrá que pedir cita previa, un trámite que se podrá solicitar desde el día 3.

Por otra parte, el mes de junio, el último de la campaña de la renta, se reserva para la confección de declaraciones en oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Para que un técnico de Hacienda pueda realizar la declaración, se debe reservar cita a partir del 26 de mayo. La campaña de la renta 2021 finaliza el 30 de junio.

 

Fechas de la campaña de la renta 2021 – 2022

  • 6 de abril de 2022 (miércoles): arranca el plazo para presentar por internet las declaraciones de renta y patrimonio relativas al ejercicio de 2021.
  • 3 de mayo de 2022 (martes): comienza el plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración de la renta por teléfono
  • 5 de mayo de 2022 (jueves): arranca el plazo para realizar la declaración de la renta 2021 por teléfono
  • 26 de mayo de 2022 (jueves): empieza el plazo para solicitar cita previa para hacer la declaración de forma presencial
  • 1 de junio de 2022 (miércoles): se abre el plazo para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria
  • 27 de junio de 2022 (lunes): expira el plazo para presentar declaraciones de la renta de forma online si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta
  • 29 de junio de 2022 (miércoles): último día para pedir cita previa para realizar la declaración por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria
  • 30 de junio de 2022 (jueves): finaliza el plazo para presentar de manera presencial, por internet o por teléfono las declaraciones de renta y patrimonio, siempre que sea con resultado a devolver, renuncia a la devolución o resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo

 

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Sabemos que ya de por sí, realizar la declaración no es algo sencillo para nadie, por eso siempre tenemos el apoyo de teléfonos de la Agencia Tributaria.

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Últimos días para hacer la declaración de la renta 2020-2021

La campaña de la declaración de la Renta llega a su recta final; los más rezagados tendrán que presentarla antes del 30 de junio

Estamos en la recta final para presentar la declaración de la renta 2020-2021. Los más rezagados tendrán que darse prisa.

La campaña de la declaración de la Renta 2020-2021, que comenzó el pasado 7 de abril, finaliza. Así, se podrá presentar el borrador de la renta y realizar cualquier gestión relacionada con el mismo hasta el próximo 30 de junio, día en el que finaliza la campaña de este año.

Hay que tener en cuenta que, dependiendo de la vía escogida para presentar la declaración de la Renta, las fechas serán distintas.

Aunque la Agencia Tributaria abrió el plazo para presentar el borrador el miércoles 7 de abril, no se pudo realizar por vía telefónica hasta el jueves 6 de mayo y no se ha podido hacer de forma presencial hasta este miércoles, 2 de junio.

Fechas de la declaración de la renta 2020-2021

Recordamos los días de presentación a la hora de hacer la declaración de la renta.

  • 7 de abril. Comienza la campaña de la Renta 2020-2021 a través del portal web o a través de la app de la Agencia Tributaria.
  • 4 de mayo. Desde el 4 de mayo es posible pedir cita previa para ser atendido de forma telefónica.
  • 6 de mayo. Empieza el plazo para presentar la declaración de la Renta por teléfono.
  • 27 de mayo. Desde el jueves 27 de mayo es posible solicitar cita para realizar la declaración de manera presencial.
  • 2 de junio. El 2 de junio, aquellos que deseen realizar la declaración de la Renta de forma presencial con la ayuda de un técnico pueden hacerlo.
  • 25 de junio. IMPORTANTE. Finaliza el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio. Termina la campaña de la Renta 2020-2021.

 

Les recordamos además diferentes situaciones que ya hemos mencionado en otros artículos, para que lo tengan en cuenta.

Declarar un ERTE en la declaración de la renta de este año

La situación epidemiológica ha hecho que un gran número de trabajadores, estuvieran afectados por la situación, se vieron envueltos en un Expediente de Regulación Temporal del Empleo (ERTE).

¿Qué tendrán que hacer estas personas cuando tengan que entregar el borrador de la declaración del IRPF?

Las personas afectadas por un ERTE que cobren menos de 22.000 euros anuales estarán exentos de declarar el IRPF. Si se tiene más de un pagador, tampoco se declarará si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores no supera los 1.500 euros.

Prestación de autónomos por cese de actividad

Los autónomos que hayan percibido la prestación extraordinaria de autónomos por cese de actividad no tendrán que incluirla como un ingreso más en el trimestre en el modelo 130 pago fraccionado del IRPF al no ser considerada un rendimiento de una actividad económica.

 

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DECLARACIÓN DE LA RENTA EN 2021

Ya tenemos las fechas definitivas de la declaración de la renta 2021. Echa un vistazo a los plazos para tenerlo todo listo a tiempo.

La fecha en la que comienza el plazo para presentar la declaración de la renta es cada vez más cercana. Los contribuyentes deben ir revisando y preparando la documentación para que no se eche el tiempo encima, también es necesario conocer las principales novedades en este ejercicio.

La campaña de IRPF comenzará en primavera y se extenderá hasta principios de verano. Ya tenemos las fechas y plazos definitivos de la Declaración de la Renta 2020 que es la declaración que debe completarse en 2021.

Calendario y fechas de entrega

Los contribuyentes que vayan a presentar su declaración de la renta por internet pueden hacerlo a partir del 7 de abril, siendo el último día de plazo el 30 de junio.

Las presentaciones telefónicas tendrán que esperar al día 6 de mayo, aunque hay que pedir cita previa a partir del 4 de mayo hasta el 29 de junio.

Las presenciales al día 2 de junio, que también necesitan cita previa a partir del 27 de mayo hasta el 29 de junio.

El último día de plazo para la presentación de la declaración de la renta es el 30 de junio en todos los casos.

Uno de los aspectos a tener en cuenta antes de empezar a completar el borrador es conocer las novedades que presenta la declaración de la renta cada año. En 2021 hay una serie de claves que no se deben dejar atrás y que conviene saber.

 

Novedades en la declaración de la renta 2021

Sube el gravamen en la renta general, eso sí esta novedad solo afecta a las rentas superiores a 300.000 euros, a las que se les empezará a aplicar el 24,50%. Aquí se incluyen sueldos, rendimientos de la actividad empresarial y profesional, rentas de alquiler, premios e indemnizaciones.

Sube el gravamen en la renta de ahorro, estas son las rentas que se obtienen con la venta de bienes. Los intereses de cuentas y depósitos también son rentas de ahorro.

Los tramos en los que se tributan las cuentas de ahorro en 2021 son:

  • Entre 0 € y 6.000 € de la base liquidable del ahorro: 19%
  • Entre 6.000,01 € y 50.000 €: 21%
  • Entre 50.000,01 € y 200.000 €: 23%
  • Lo que supere 200.000 €: 26%

La novedad es el último tramo de 200.000€ que antes no existía, los otros tramos se mantienen igual que en la tributación del año pasado.

Reducción de las cantidades que se pueden aportar con deducción a algunos planes de pensiones.

  • Las aportaciones personales a un plan de pensiones no pueden superar los 2.000 euros aunque los planes de empresa pueden recibir hasta 8.000 euros.
  • La aportación máxima deducible al plan del cónyuge es de 1.000 euros al año.
  • La aportación en los seguros privados de dependencia es de un máximo de 2.000€.

Haber estado en ERTE te puede obligar a presentar la declaración de la renta este año. Al estar en ERTE se considera que ha tenido dos pagadores, aun así como medida excepcional se ha aprobado que no tengan que presentar la declaración de la renta si no superan los 22.000€ por los rendimientos de trabajo.

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Declaración de la Renta en 2020

Este año no dejes tu Declaración de la Renta para el último momento

Las prisas nunca fueron buenas y a la hora de hacer tu declaración de la renta, esta afirmación cobra mas sentido todavía. Es por ello que es buena idea empezar a recopilar desde ya toda aquella información del 2019 que será necesaria para elaborar la declaración.

Como es sabido, hay muchas causas por las que una declaración de la renta puede devolver un resultado u otro, como son las deducciones, bonificaciones, herencias, patrimonio, renta de salarios y otros conceptos y que pueden significar hasta varios cientos de euros de diferencia y de ahí la importancia de dedicarle su tiempo y saber hacerla bien.

 

CALENDARIO DE PRESENTACIÓN.

La Agencia Tributaria publicó a primeros de año, como es costumbre, el calendario de fechas importantes para los contribuyentes por lo que queda de la siguiente forma:

El próximo 1 de abril se inicia por internet y por teléfono el plazo de presentación de la Declaración del Impuesto de la Renta de las Persónas Fisicas y Patrimonio correspondiente al año 2019. Como ya mencionábamos en una noticia anterior, la presentación por via SMS ya no será posible.

Casi un mes y medio después, el 13 de mayo, es la fecha designada para quienes quieran hacer su presentación de forma presencial.

Hasta el 25 de junio podrán presentarse las declaraciones cuyo restultado salga a ingresar con domiciliación en cuenta.

Finalmente, el 30 de junio es la fecha límite para el restao de casos.

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Declaración de la renta de un familiar fallecido

Declaración de la renta de un familiar fallecido.

Cuando Hacienda te solicita la declaración de tu familiar fallecido y debes tramitar su declaración.

Recientemente hemos tenido el Día de Todos los Santos, una fecha en la que visitamos a los familiares que perdimos y les dedicamos un sentido recuerdo. No hemos podido olvidar, quizá por esto que decimos, estas otras cosas que ocurren y que queremos compartir en esta ocasión.

Como parte del legado que un familiar nos deja, también en lo referente a sus obligaciones fiscales existe una necesidad a cubrir y es declarar sus ingresos y/o actividad hasta el momento de fallecer. Sabemos que este tema no es precisamente el mas animoso, e incluso puede resultar doloroso tener que estar haciendo la renta, los papeleos, etc…. pero Hacienda igualmente lo exige.

Cuando un familiar fallece, existe una serie de trámites que hay que gestionar y que mencionamos aquí.

En primer lugar está tramitar la herencia, con lo que es el testamento (si lo hay), declaración de herederos, etc. Este trámite es esencial y prioritario antes de hacer otras gestiones como pueden ser los que se realizan con entidades bancarias y sin el cual no puedes avanzar.

Es también importante atender el impuesto e sucesiones y donaciones, un polémico impuesto que en tanto y cuanto la administración tenga vigente, hay que cumplir con su abono si se quieren realizar otras gestiones de la herencia y del que hablaremos mas extenso en alguna ocasión.

Por último está la declaración de la renta; trámite en el que nos queremos centrar en esta ocasión.

 

LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DE UN FAMILIAR

Reparamos ahora en este trámite en el que vamos a abordar por encima algunos aspectos a tener en cuenta.

1. COMO PRESENTAR LA DECLARACIÓN

Para presentar la declaración de la renta de un familiar, la agencia tributaria dispone de un sitio en su portal denominado RENO con el que se puede obtener rápidamente un borrador sin tener que disponer de un certificado electrónico o tener que esperar a recibirlo por vía postal en el hogar.

En este caso hay que matizar que con toda seguridad ese borrador estará mal y habrá que modificar algunas cosas, como de hecho el periodo impositivo que irá desde el 1 de enero hasta la fecha del fallecimiento y no hasta el 31 de diciembre.

2. QUIEN PRESENTA LA DECLARACIÓN

Suele ser un hijo/a quien se encarga de estas gestiones pero puede ser cualquier heredero quien puede presentarla. También podrá cualquier representante legal debidamente autorizada para hacerlo en su nombre (como gestorías, asesorías, abogados u otros).

3. DECLARACIÓN INDIVIDUAL

Aunque se suelan hacer declaraciones conjuntas en muchos casos, no se podrá realizar en esta modalidad en el año impositivo del fallecimiento. Tiene que hacerse obligatoriamente declaración individual para esa persona.

4. RESULTADO DE LA DECLARACIÓN

Como se apuntaba en el primer punto, la declaración discurre entre el 1 de enero y la fecha del deceso. Esto quiere decir que cualquier renta que se pudiese generar a su nombre, por ejemplo por la titularidad de una vivienda en alquiler, solo debe hacerse constar hasta esa fecha. Mientras por otro lado, no se prorratean las deducciones ni las reducciones de la base imponible. Si, como sospechas, eso significa menos ingresos a iguales deducciones y reducciones.

Esta junto a otras claves a la hora de cumplimentar la declaración significará, con mucha probabilidad que la declaración salga a devolver.

5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Para que todo salga bien se debe recopilar toda la documentación necesaria a fin de dejarlo todo bien hecho y es que Hacienda te solicitará todo tipo de documentos, originales y/o fotocopia de documentos como el libro de familia, certificado de defunción, testamento o declaración de herederos, certificado del registro de últimas voluntades, justificante de estar al corriente con el impuesto de sucesiones y donaciones, poder notarial hacia uno e los herederos para percibir la devolución en nombre de todos, certificado de la entidad de depósito de la existencia de una cuenta abierta en la misma con todos los herederos como titulares, u otros documentos según sea cada caso.

 

En PB Asesores podemos asesorarte y ayudarte con estos trámites.
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¿aun no has hecho la declaración de la renta?

Si aun no presentaste la declaración de la renta, no lo dejes pasar mas. Hacerla con tiempo garantiza una declaración mas favorable.

La campaña de presentación de la declaración de la renta empezó el 2 de abril y se prolongará como máximo hasta el 1 de julio.

Toda aquella actividad y bienes que generasen renta durante el 2018 han de ser presentados en la declaración de la renta. En función de las circunstancias personales y familiares así como otras causas, pueden determinar los importes a ingresar o cobrar.

En PB Asesores contamos con personal titulado y colegiado que puede ayudar con tu declaración del IRPF de modo que sea lo mas beneficioso posible. Acércate a nuestras oficinas en Valverde del Fresno o en Eljas, saldrás ganando.


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Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta

Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta del ejercicio 2018

La campaña de presentación de la declaración de la renta empieza hoy martes 2 de abril y se prolongará hasta el 1 de julio.

Toda aquella actividad y bienes que generasen renta durante el 2018 han de ser presentados en la declaración de la renta. En función de las circunstancias personales y familiares así como otras causas, pueden determinar los importes a ingresar o cobrar.

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¿Has recopilado ya todos los papeles para la Declaración de la Renta?

¿Tienes ya toda la documentación preparada para la Declaración de la Renta?

El 2 de abril comienza la campaña de la declaración de la renta para el 2018. A medida que se va aproximando la fecha y para que luego no sea todo agobios, y es que las prisas nunca fueron buenas, puedes ir recopilando toda la documentación (o si no lo tienes claro, acércate a nuestras oficinas y consúltanos.

El 25 de junio termina la campaña en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

Finalmente, el 1 de julio termina el plazo de la campaña en general.

 

Hay numerosos conceptos que pueden alterar la declaración de la renta tales como deducciones, bonificaciones, herencias, patrimonio, renta de salarios y otros conceptos que pueden significar hasta varios cientos de euros mas de devolución.

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