PB Asesores les desea unas felices fiestas

Feliz Navidad y prospero año nuevo 2022

Desde PB Asesores nos complace poder vivir todos juntos la llegada de la Navidad.

Este año tanto como el anterior sigue siendo difícil, debido a la pandemia ya que no podemos estar todo lo cerca que nos gustaría de nuestros seres queridos, aun así esto también pasará.

Durante el año 2022 seguiremos trabajando juntos para cubrir sus necesidades y estaremos encantados y felices de que sigan optando por nuestros servicios.

Nuestra prioridad siempre ha sido y será optar por la mejor calidad para nuestros clientes.

En PB Asesores No podíamos dejar pasar estas fechas tan especiales sin desearles ¡Feliz Navidad y Prospero Año Nuevo 2022!

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

Te mantenemos informado sobre las convocatoria de ayudas y subvenciones para pymes y autónomos.

Calendario de festivos oficiales 2022

El calendario laboral del próximo año publicado en el BOE, te mostramos los días festivos oficiales del 2022.

Como todos los años la Dirección General de Empleo ha publicado en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de fiestas laborales, de tal forma que junto con la publicación de las fiestas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla se establezcan las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter permanente.

Para el año 2022 los festivos nacionales son:

  • 1 de enero (Año Nuevo), Sábado.
  • 6 de enero (Día de Reyes), Jueves
  • 15 de abril (Viernes Santo), Viernes.
  • 15 de agosto (Asunción de Nuestra Señora), Lunes
  • 12 de octubre (Día de la Hispanidad), Miércoles.
  • 1 de noviembre (Todos los Santos), Martes.
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución), Martes.
  • 8 de diciembre (Día de la Inmaculada), Jueves.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Además de estas ocho festividades nacionales no sustituibles (comunes), las comunidades autónomas han podido trasladar el 1 de mayo (Fiesta del Trabajo) y el 25 de diciembre (Navidad) que para 2022 coinciden en domingo.

ANDALUCÍA

  • 28 de febrero (Día de Andalucía), Lunes.
  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves .
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 26 de diciembre

ARAGÓN

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 23 de abril (Día de Aragón), Sábado.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

CANTABRIA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 28 de julio (Día de Cantabria), Jueves
  • 15 de septiembre (Día de la Bien Aparecida), Miércoles
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

CASTILLA LA MANCHA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 31 de mayo (Día de Castilla-La Mancha), Martes
  • 16 de junio (Corpus Christi —se traslada festividad del 1 de mayo—), Jueves
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

CASTILLA Y LEÓN

  •  14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 23 de abril (Día de Castilla y León), Sábado.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

COMUNIDAD DE MADRID

  •  14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 25 de julio (Santiago Apóstol), Lunes
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

COMUNIDAD VALENCIANA

  •  19 de marzo (San José), Sábado.
  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes.
  • 24 de junio (San Juan), Viernes.

EXTREMADURA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 8 de septiembre (Día de Extremadura), Jueves.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

GALICIA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 17 de mayo (Día de las Letras gallegas), Lunes
  • 24 de junio (San Juan), Viernes.
  • 25 de julio (Santiago Apóstol), Lunes.

ISLAS BALEARES

  • 1 de marzo (Día de Baleares), Martes
  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

LA RIOJA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes.
  • 9 de junio (Día de La Rioja), Jueves.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

MURCIA

  •  14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 9 de junio (Día de la Región de Murcia), Jueves.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

NAVARRA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes.
  • 25 de julio (Día de Santiago Apóstol), Lunes.
  • 3 de diciembre (San Francisco Javier), Sábado.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

PAÍS VASCO

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes.
  • 25 de julio (Día de Santiago Apóstol), Lunes.
  • 6 de septiembre (Día de Elcano), Martes.

PRINCIPADO DE ASTURIAS

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 2 de mayo (se traslada festividad del 1 de mayo), Lunes.
  • 8 de septiembre (Día de Asturias), Jueves.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

CEUTA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 9 de julio (Fiesta del Sacrificio), Sábado.
  • 5 de agosto (Nuestra Señora de África), Viernes.
  • 2 de septiembre (Día de Ceuta), Viernes.

MELILLA

  • 14 de abril (Jueves Santo), Jueves.
  • 3 de mayo (Fin del Ramadán), Martes.
  • 11 de julio (Fiesta del Sacrificio), Lunes.
  • 8 de septiembre (Virgen de la Victoria), Jueves.
  • 17 de septiembre (Día de Melilla), Sábado.
  • 26 de diciembre (se traslada festividad del 25 de diciembre), Lunes.

Comunidad Autónoma de Canarias

El Decreto 66/2021, de 23 de junio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2022, y se abre plazo para fijar las fiestas locales (BOC de 5 de julio de 2021) dispone que:

En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote, La Graciosa y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes:

  • El Hierro: el 24 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Reyes;
  • Fuerteventura: el 16 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña;
  • Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino;
  • La Gomera: el 3 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe;
  • La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves;
  • Lanzarote y La Graciosa: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes;
  • Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/138/2021, de 25 de junio, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2022 (DOGC de 30 de junio de 2021) dispone que: «En el territorio de Arán, de acuerdo con el Decreto 152/1997, de 25 de junio, y el Decreto 146/1998, de 23 de junio, que modifican el Decreto 177/1980, de 3 de octubre, sobre el calendario de fiestas fijas y suplentes, la fiesta del día 26 de diciembre (San Esteban) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».

  • 18 de abril (Lunes de Pascua), Lunes.
  • 6 de junio (Pascua Granada), Lunes
  • 24 de junio (San Juan) ,Viernes.
  • 26 de diciembre (San Esteban), Lunes.

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

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Conoce qué gastos puedes deducirte como autónomo

Te contamos qué son los gastos deducibles como autónomo, algunos gastos coinciden con los que desgravan pero con algunas diferencias

Muchos autónomos y emprendedores se deducen todos los gastos sin plantearse si son o no deducibles. Hay que ser consciente de que el deducir gastos que no proceden puede suponer sanciones por parte de la administración.

Te explicamos con más detalle los requisitos y los tipos de los gastos deducibles como autónomo.

Para estar completamente seguros de lo que podemos deducir o desgravar es importante contar con nuestra asesoría de confianza y despreocuparnos.

Gastos deducibles

De forma previa, hay que examinar los requisitos que ha de tener un gasto para que sea deducible, siendo éstos:

  • Los gastos han de ser “afectos” a la actividad económica realizada por el autónomo. ¿Qué se entiende por afectos? Significa que han de estar vinculados y/o relacionados con la misma.

Hay que distinguir los gastos que corresponden a dicha actividad económica (que son deducibles), de los que correspondan a tus gastos domésticos o privados (que no lo son). Si un mismo bien afecta a ambas, únicamente será deducible el gasto correspondiente al porcentaje de gasto referido a la actividad.

  • Los gastos tienen que estar justificados con las facturas o con documento equivalente.
  • En los libros obligatorios como autónomo, los gastos han de estar registrados.

Listado de gastos que podemos deducir

Estos son los tipos de gastos que la Agencia Tributaria considera como deducibles:

  • Consumos de explotación: compras de existencias, género, mercancías, materias primas y auxiliares, combustible, embalajes y material de oficina. La compra de cualquier material que sea necesario para el desarrollo de la actividad empresarial.
  • Sueldos y salarios de trabajadores incluyendo, dietas, pagas extra, premios e indemnizaciones.
  • Seguridad Social: cotizaciones del autónomo y de los empleados.
  • Otros gastos de personal como formación, seguro de accidentes, obsequios o contribuciones a plan de pensiones.
  • Arrendamientos: alquiler de bienes inmuebles (local, terreno, naves industriales para ejercer la actividad) o muebles (ordenadores, impresoras, televisores, etc.).
  • Cánones: cantidades que se pagan en concepto de propiedad industrial como patentes, licencias, etc.
  • Reparaciones y conservación: gastos de mantenimiento y reparación de las instalaciones, siempre y cuando no impliquen mejora o ampliación. También el mantenimiento, repuesto y adaptación de la maquinaria del negocio.
  • Mutualidades de previsión social: se podrá deducir un 50% en la cotización por contingencias comunes.
  • Servicios profesionales independientes de abogados, asesores, notarios, auditores, gestores y las comisiones de los comerciales del negocio.
  • Otros servicios como transportes, primas de seguros, servicios bancarios y similares, publicidad, propaganda y relaciones públicas, etc.
  • Tributos fiscalmente deducibles: el IBI o el IAE, entre otros.
  • Gastos financieros derivados del pago de intereses de créditos y préstamos, recargos por aplazar el pago de deudas y los intereses de demora en los aplazamientos a la Agencia Tributaria.
  • Amortización de bienes muebles e inmuebles: maquinaria, hardware, local en propiedad.
  • Contribuciones a los planes de pensiones.
  • Inversiones en investigación y desarrollo.
  • Suministros de electricidad, agua, gas, teléfono e Internet en caso de tener local u oficina.
  • Publicidad y relaciones públicas.
  • Página web, dominio y servidor.
  • Cuotas de leasing o renting de bienes necesarios para la actividad.
  • Pérdidas por deterioro del valor de elementos patrimoniales.
  • IVA soportado en aquellos autónomos que no presentan declaraciones trimestrales de IVA como los que están en recargo de equivalencia o actividades que no están obligadas a tributar por IVA.
  • Cuotas de asociaciones empresariales, corporaciones y cámaras de comercio.
  • Documentación: libros y suscripciones a revistas profesionales
  • Eventos relacionados con la actividad empresarial, como cursos o congresos.
  • Primas de seguros: los de responsabilidad civil, protección contra robo o incendio del negocio, seguro de enfermedad para el autónomo, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar con un máximo de 500 euros por persona.
  • Gastos de difícil justificación con un máximo anual de 2.000 euros.
  • Los autónomos en estimación directa normal pueden deducirse también las facturas emitidas no cobradas y los gastos debidos a devoluciones.

Son muchos los gastos a tener en cuenta y lo mejor es ponerlo en manos de los profesionales en asesoría y gestoría que siempre van a hacer lo mejor para nuestro negocio.

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

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Se aprueba prorroga de ayuda a autónomos hasta febrero de 2022

La prorroga de ayuda a autónomos incluye el cese de actividad extraordinario al igual que ha ocurrido con los ERTE hasta febrero de 2022.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto Ley (prorroga de ayuda a autónomos) para la defensa del empleo y la reactivación económica y para la protección de los trabajadores autónomos.

Incluye la prórroga de beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 28 de febrero de 2022, con el objeto de extender esta medida de protección social y del empleo que se ha mostrado transcendental ante la pandemia.

El nuevo Real Decreto Ley traslada el VI Acuerdo Social en Defesada del Empleo alcanzado entre la Vicepresidencia tercera y Ministerio de Trabajo y Economía Social; el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.

Prórroga de las ayuda a autónomos

El Consejo de Ministros ha dado luz verde también al sexto esquema de ayuda a los autónomos de este tipo, tras el acuerdo entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y las asociaciones de autónomos.

Con el objetivo de apoyar el mantenimiento de la actividad, se incluyen exoneraciones de las cuotas a las Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el periodo anterior (a finales de septiembre eran 226.000) durante los próximos cuatro meses.

Estas ayudas, en forma de exoneraciones, serán así: en octubre del 90%, en noviembre del 75%, en diciembre del 50% y en enero de 2022 del 25%.

Además, se mantienen hasta el 28 de febrero las prestaciones extraordinarias vigentes para proteger a quienes tienen un impacto significativo sobre su actividad.

Prestaciones

  • Continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, es una ayuda a autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas para la contención de la pandemia de la COVID 19. La cuantía de la prestación es del 70% de la base mínima de cotización.
  • Se mantiene la prestación compatible con la actividad para trabajadores que, reuniendo el requisito de carencia para acceder a la prestación ordinaria de cese de actividad.
  • Quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario, podrán solicitar una prestación extraordinaria. Los requisitos son acreditar una caída de ingresos del 75% y no tener unos rendimientos netos computables superior al 75% del salario mínimo interprofesional.
  • También se mantiene la prestación para autónomos de temporada, que es del 70% de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.725 euros en el tercer y cuarto trimestre de 2021.
  • Se ha aprobado una prestación específica para los autónomos afectados por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma.

Ayuda a ERTEs

En esta ocasión, el mecanismo de los ERTE promueve la formación como paso fundamental para recapitalizar las personas trabajadoras trabajadores y mejorar su empleabilidad.

Las empresas que cuenten con acciones formativas podrán acceder a mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Por tanto, los nuevos ERTE se extenderán desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022.

ERTE de formación

Se pasa a dar mayor protección a las empresas que promuevan la formación de sus empleados.

Las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación para actividades formativas, en función de su tamaño:

  • De 1 a 9 personas trabajadoras: 160 euros por persona
  • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 240 euros por persona
  • De 50 o más personas: 320 euros por persona

Los beneficios, en forma de exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social y con ayudas a la formación, son mayores en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas.

  • El esquema de exoneraciones entre noviembre y febrero distinguirá entre empresas de menos de10 trabajadores. Con exoneraciones en las cuotas a la SS del 80% si realizan acciones formativas. Y aquellas con plantilla igual o superior a estos, el 50%.
  • El número mínimo de horas de formación de cada persona será de 30, en las empresas de 10 a 49 trabajadores y de 40 a para las que tienen 50 o más.
  • Se mantienen los ERTE de impedimento. Las empresas en esa situación pasan a tener una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero.

Protección de las personas trabajadoras

Los trabajadores acogidos a ERTE seguirán disfrutando de la exención del periodo de carencia para el acceso a la prestación por desempleo. También del denominado “contador a cero” que se amplía de manera extraordinaria hasta el 1 de enero de 2023.

Se mantienen los beneficios para las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial y la prestación extraordinaria para las personas fijas discontinuas.

Medidas de acompañamiento

Se mantienen las garantías de acuerdos anteriores tales como los límites al reparto de dividendos y el acceso a las ayudas a las empresas domiciliadas en paraísos fiscales.

Las empresas acogidas a estos ERTE tendrán que respetar restricciones en el acceso a las horas extraordinarias y en las externalizaciones de la actividad.

Se extiende la prohibición del despido durante el periodo de vigencia de la norma y también se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales para las personas acogidas a ERTE.

ERTE específico para Canarias

El Gobierno también ha aprobado los ERTE específicos para las empresas afectadas por la erupción del volcán Cumbre Vieja en la isla de La Palma y en el conjunto de las Islas Canarias.

Los trabajadores y trabajadoras tendrán protección y las empresas se beneficiarán de exoneraciones de hasta el 100% de las cotizaciones sociales en el caso de ver totalmente impedida su actividad y de hasta el 90% en el caso de limitación de la actividad.

 

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¿Cómo aplicar el comercio internacional en tu Pyme?

Para internacionalizar una pyme necesitas tener una buena estrategia de marketing, el reto de las pequeñas y medianas empresas.

Incluir a una empresa en el comercio internacional, sigue pareciendo un reto difícil de alcanzar para las pymes. Sin embargo, representan uno de los pilares del crecimiento económico, especialmente en los países en vías de desarrollo.

Invertir en comercio internacional estimula el emprendimiento, genera empleo, tienen una gran capacidad de reacción para adaptarse a los cambios del mercado y, permite la diversificación económica.

Esta creciente importancia las ha llevado a evidenciar la creciente necesidad de internacionalizar el marketing para llegar a un público más amplio y diverso. Veamos como adaptar el marketing de tu pyme al comercio internacional.

Siempre y antes de nada lo más importante es asesorarte e Informarte sobre lo que debes tener en cuenta para abrir nuevos mercados, fomentar tu crecimiento empresarial y, sobre todo, qué hacer antes de desarrollar un plan de marketing internacional.

Comercio internacional y pymes

¿Existe la oportunidad de internacionalización para una pyme de unas 250 personas como máximo?

El comercio internacional está típicamente asociado a las grandes corporaciones multinacionales, cuando una empresa quiere impulsar su crecimiento o mejorar sus resultados en otro país no tiene por qué auto limitarse.

Sea cuál sea el tamaño de una pyme, puede contar con una serie de recursos que le facilitarán el camino para exportar. Es probable que sus productos o servicios tengan un mayor éxito en países menos competencia, con público de mayor nivel adquisitivo o donde haya una mayor demanda.

Las pymes contribuyen y se benefician del comercio internacional más de lo que imaginamos.

  • Las pymes tienen un gran potencial de crecimiento debido a la contribución que hacen a la economía y a su capacidad de generar oportunidades.
  • El marco jurídico de la OMC (Organización Mundial del Comercio) favorece a las pymes a la hora de internacionalizarse, pues garantiza unas condiciones de igualdad para todos los comercios y reduce los obstáculos al comercio internacional.
  • En las últimas décadas hemos visto una gran disminución generalizada de los costes en el transporte y la comunicación, gracias a: la globalización e internet.
  • Con el comercio internacional, las pymes pueden diversificar sus riesgos. A nivel nacional hay periodos de recesión económica que estas empresas podrían superar si operan en mercados geográficos variados.

La importancia de un buen plan de marketing para una pyme

La necesidad de un buen plan de trabajo y de marketing representa una herramienta vital para el éxito de un negocio. Sin el marketing, nuestra pyme está condenada al fracaso.

Podemos plantear una serie de estrategias de manera simultánea, realizar estudios previos y una metodología concreta con el fin de alcanzar unos determinados objetivos de venta o posicionamiento.

Es posible crear una campaña de marketing de éxito con recursos reducidos, todo con un buen plan de trabajo y el apoyo y conjunto de los miembros de la empresa.

Claves para internacionalizar tu pyme

¿Que debes tener en cuenta para aplicar el marketing y el comercio internacional a tu empresa?.

  • Análisis de la empresa y las oportunidades de mercado. Lo primero que debemos hacer es un análisis de la situación actual de la empresa y qué objetivos podríamos marcarnos. Internet nos abre muchas puertas a la hora de recopilar los datos necesarios.
  • Definir y diferenciar el producto/servicio. Es importante diferenciar nuestro producto del resto de los que hay en el mercado, para ello necesitamos conocer muy bien nuestro producto y sacar a relucir las ventajas que podemos tener frente a la competencia.
  • Ofrecer la web/blog en varios idiomas. Si lo que buscamos es ampliar nuestro negocio a otros países necesitamos tener nuestra web o blog en el idioma correcto. Hay Plugin a nuestro alcance que nos pueden ayudar con ello.
  • Usar publicidad online multiidioma y con segmentación geográfica. La mejor aliada que tenemos es la publicidad online además con la segmentación geográfica podemos llegar al público que queremos fácilmente.
  • Adaptar el marketing y la comunicación a cada país. Tanto como el idioma correcto del país al que nos queremos dirigir es importante, el choque cultural es algo que debemos tener en cuenta y estudiar bien la cultura de cada país al que queremos iniciar un negocio.
  • Fomentar la creatividad y la innovación. Es importantísimo fomentar la creatividad y la innovación entre los miembros de tu empresa para destacar con una gran campaña de marketing.

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

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El progresivo avance de la moneda virtual con empresas como BIZUM

La empresa Bizum de la banca española espera alcanzar los 20 millones de usuarios y llegar a 18.000 comercios este año.

Si tienes móvil, llevas dinero. “Hazme un Bizum o te hago un Bizum” Con este mensaje claro y directo Bizum irrumpió en el mercado tecnológico/financiero de las fintech para dar a conocer su sistema de pago entre móviles.

Pago entre particulares y comercio electrónico. Si aún no estas familiarizado, hablamos de una plataforma de pago que tan sólo requiere tener una cuenta en un banco, que ofrezca este servicio, y registrarse para intercambiar dinero con cualquier persona que tengas en tu agenda de contactos que disponga de él.

El intercambio de dinero se produce vía on line, en segundos, a través de la aplicación móvil de tu propio banco. Rápido y sencillo. Cada usuario puede tener una cuenta bancaria diferente y eso no conlleva demoras, el pago sigue siendo en segundos.

 

Con el tiempo, Bizum ha ido evolucionando y, además de facilitar el pago compartido de gastos entre amigos, también ha incorporado las donaciones a ONGs, el pago de compras online y ya está trabajando para facilitar los pagos en comercios físicos.

Durante siglos, el dinero en efectivo ha sido el medio de pago por excelencia, pero hoy en día «compite» con muchos otros: transferencias, tarjetas de crédito, débito y prepago, diversos sistema de pago a través del móvil, Bizum o sistemas como Paypal permiten abonar o transferir dinero de múltiples maneras.

Pero la forma de pago de moneda virtual Bizum ha crecido exponencialmente, en 2020 ha crecido a un ritmo de 20.000 altas al día.

Para muchas personas, la utilización del efectivo todavía representa la primera opción a la hora de pagar, y prefieren sacar el dinero de sus cuentas bancarias y abonar sus cuentas con efectivo. No obstante, el dinero electrónico está ganando la batalla.

¿Qué ventajas tienen los usuarios de Bizum?

Bizum es una solución de pago inmediato, de cuenta a cuenta, a través del móvil, cuyas ventajas para el usuario son:

  • Universalidad: al estar disponible en cualquier smartphone y sin tener que cambiar de banco, por estar interconectada prácticamente con todos. Entre particulares, permite operaciones desde 0,50 hasta 1.000 euros, mientras que no existe límite si se está comprando en un comercio electrónico.
  • Comodidad: no es necesario conocer el número de cuenta del destinatario, solo su número de móvil o seleccionar su contacto en la agenda de nuestro teléfono.
  • Rapidez: en menos de 5 segundos el dinero está en la cuenta del destinatario.  Esta es la principal ventaja que destacan sus usuarios frente a otras operativas tradicionales, como las transferencias bancarias.
  • Seguridad: tiene el respaldo de la banca española y utiliza sus aplicaciones y medidas de seguridad, sin tener que aportarse datos adicionales. Es un servicio ofrecido íntegramente por canales bancarios, de modo que está respaldado por los sistemas de seguridad de los bancos, que son quienes ordenan la transferencia y te autentifican.

¿Quién lo utiliza?

Como ya hemos mencionado, lo puede usar todo el que tenga cuenta bancaria y su banco tenga esta modalidad de pago (que hoy en día son muchos los bancos que ya lo tienen)

El valor promedio de la transacción no llega a los 50 euros y casi la mitad de esos 15 millones de personas tienen la clave que les permite hacer compras online.

La compañía quiere afianzarse en el pago e-commerce, ahora que se ha convertido en el rey del pago entre particulares.

Los pagos compartidos para una cena, regalo, entradas de cine o teatro “Te hago un Bizum luego”, es una expresión muy extendida a la hora de pagar cualquier gasto compartido a través de esta aplicación.

Durante el confinamiento Bizum se ha utilizado frecuentemente para acceder y suscribirse a plataformas de ocio o para pagar a terceros compras de productos básicos (la compra del súper o medicinas).

Así que a la pregunta de “Quien puede usar Bizum” la respuesta es sencilla, toda persona que tenga en su mano un teléfono móvil y una cuenta bancaria.

Es una forma de pago segura al no tener que aportar ningún dato personal más que el numero de teléfono, rápido y sobre todo cómodo y sencillo de utilizar.

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¿Qué ventajas fiscales aporta un plan de pensiones?

Es importante garantizarse un retiro cómodo y un plan de pensiones además cuenta con destacadas ventajas fiscales.

Al contratar un plan de pensiones o ahorro a largo plazo hay que contemplar la tributación, así podremos aprovecharnos de las ventajas fiscales que ofrecen. Un plan de pensiones es una forma de ahorro a largo plazo vinculada en la mayoría de las ocasiones a la jubilación.

Las aportaciones a los planes de pensiones tienen una ventaja a la hora de realizar la declaración de la renta permitiendo desgravar el dinero aportado mediante una reducción de la base imponible.

Esto quiere decir que pagamos menos impuestos tributando las aportaciones y las plusvalías como rendimientos del trabajo y a la vez estamos ahorrando para nuestro futuro.

Fiscalidad en el plan de pensiones

Veamos los puntos clave de la fiscalidad de los planes de pensiones:

  • El ahorro invertido en un plan de pensiones es deducible en su totalidad en la declaración de la renta.
  • Las aportaciones están limitadas, se reducen de 8.000 euros a 2.000 euros anuales. Esta cantidad no debe superar el 30% de los rendimientos netos del trabajo. (cuanto más se aporte al plan de pensiones, más se reducirá la base imponible.)
  • Puedes aportar un máximo de 240.000 euros en la totalidad del plan.
  • Cuando te jubilas puedes rescatar tu dinero en forma de renta, capital o de forma mixta y tributará como rentas del trabajo, es decir, como un ingreso extra.
  • Es importante buscar el consejo de expertos y en PB asesores somos expertos en gestión y asesoría financiera.

Si te preguntas ¿con qué ventajas fiscales cuenta un plan de pensiones?, descubrirás que puede ser atractivo contratar un uno y que aporta réditos no sólo en el momento de la jubilación sino en el día a día.

¿Cómo puedo rescatar mi plan de pensiones?

El rescate del plan de pensiones debe ser lo más ventajoso posible fiscalmente. Existen tres opciones para recuperar el dinero que hemos aportado a lo largo de la vida del producto. Son las siguientes:

  • Recuperar todo el dinero en forma de capital. Es fiscalmente el menos ventajoso. Si queremos recuperarlo todo de golpe, la cantidad quedará computada como renta del trabajo en la declaración de la renta del año en curso y deberemos pagar casi la mitad en impuestos a Hacienda.

Las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007 cuentan con una reducción especial del 40% una vez cobradas, siendo el resto imputado íntegramente como renta del trabajo y, por lo tanto, sin ningún tipo de ventaja fiscal.

  • Recuperar una parte en forma de renta. Esta opción nos aporta mejores beneficios fiscales. Se trata de ir recibiendo en el período que se acuerde con la entidad una cantidad en forma de renta.

Ésta complementará la pensión pública si nos hemos jubilado y contará como rentas del trabajo. Si nos hemos asesorado bien previamente es una opción muy acertada.

  • Combinando las dos opciones. Si ninguna de las dos opciones anteriores se adecúa a nuestras necesidades, tenemos la posibilidad de combinarlas.

A nivel fiscal es mejor que la primera pero peor que la segunda. Es importante conocer que existe una reducción del 40% en el rescate total en forma de capital.

Excesos en la aportación

Quizá tienes la posibilidad de hacer aportaciones anuales a productos de ahorro que superen los nuevos límites legales que hemos visto.

¿Qué puedes hacer entonces con este dinero que tienes disponible para ahorrar? Como destino al exceso de aportaciones a planes que superen este nuevo límite legal, recordemos que existen otros productos de ahorro que siguen el mismo objetivo de constituir un patrimonio que complemente la jubilación.

 

Cuando se quiere contratar un plan de pensiones, y pensando en la declaración de la renta y en cómo afectan las aportaciones al IRPF, debemos tener en cuenta que un adecuado asesoramiento es primordial.

Antes de realizar aportaciones hay que saber con qué intención y metas se está haciendo. Pregunta siempre a tu asesor financiero para que pueda recomendarte el tipo de producto que más se ajusta a tu perfil y a tus necesidades.

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

Te mantenemos informado sobre las convocatoria de ayudas y subvenciones para pymes y autónomos.

Cambios en el IVA de los e-commerce a partir del 1 de julio

El 1 de julio entra en vigor una nueva normativa para unificar los límites de tributación de IVA en los países de destino.

La nueva normativa sobe el IVA entra en vigor el 1 de julio de 2021. Los cambios en los hábitos de consumo de los últimos años han marcado una tendencia ascendente en el volumen de negocio de los ecommerce o tiendas online a nivel mundial, creciendo año tras año de forma exponencial.

Y aunque España sigue estando a la cola de Europa, nuestro país también ha experimentado un importante incremento de ventas por internet.

Un 72% de los internautas españoles entre 16 a 70 años utiliza internet para comprar bienes y servicios, es decir, 22,5 millones de personas.

Esta tendencia se ha incrementado por la reciente pandemia, ahora más que nunca los consumidores utilizan de forma mucho más habitual los comercios online.

Este rápido y fuerte crecimiento de las ventas por internet ha hecho que la Unión Europea ponga en marcha una serie de modificaciones en el sistema del IVA a nivel transfronterizo.

Según un estudio de la Comisión Europea, la recaudación del impuesto sobre el valor añadido (IVA) de sus países miembro pierde casi 150.000 millones de euros cada año.

¿Cuál es el objetivo de la nueva normativa de IVA en los e-commerce?

El objetivo prioritario es el de regularizar la situación derivada del auge del ecommerce transfronterizo. De esta forma y gracias a los nuevos cambios establecidos por la Comisión Europea, se podrán mejorar las prácticas en el ámbito tributario del comercio electrónico.

Mediante la nueva legislación se simplifica el proceso de tributación intracomunitario y al mismo tiempo se evitan las desigualdades entre países provocadas por el marco legal actual.

Todos estos cambios van a representar un importante reto para muchos comercios online, por lo que será muy importante que se apoyen en profesionales que les ayuden a configurar la gestión de su actividad empresarial con los nuevos requerimientos, como asesores fiscales y consultores que adecúen su ERP a la nueva legislación.

 

¿Qué cambios incluye la nueva ley a partir del 1 de Julio?

La nueva legislación ha introducido diversas modificaciones en lo que al sistema de IVA comunitario se refiere, pero las principales y más relevantes para los ecommerce son las siguientes:

  • Eliminación de los umbrales en las ventas a distancia.

Desde el 1 de julio de 2021, cualquier ecommerce que rebase el límite de 10.000 € en la facturación anual a clientes de otros estados miembros de la UE, deberá facturar siempre con el tipo de IVA que tenga el país del comprador. Se suprimen los diversos umbrales nacionales y se crea un umbral único para todos los estados miembros.

Su profesional de confianza en asesoría y gestión de empresa le ayudará en este paso ya que hay que conocer los diferentes tipos de IVA aplicables a sus productos en el resto de estados y que deberán reflejarse en las facturas.

  • Fin de la exención del IVA en la importación de envíos de escaso valor.

Otra modificación importante que recoge la nueva norma es la obligación de que cualquier importación que se lleve a cabo desde un país situado fuera de la Unión Europea esté sujeta al IVA del estado miembro de destino, independientemente del valor de la importación.

Con respecto a los impuestos de aduanas, si la facturación es menor de 150 €, el comercio electrónico del estado miembro y país de destino, estará exento de pagar los impuestos de aduana. Si la facturación es superior a 150 €, esta misma tienda online tendrá que presentar una declaración completa en aduana y pagar los impuestos correspondientes.

  • Responsabilidad del IVA sobre los marketplaces para ventas de bienes importados de terceros países

Los marketplaces o plataformas de venta online que llevan diversos ecommerce, serán considerados vendedores a efectos del IVA, siendo responsables de su gestión cuando la empresa de ecommerce no esté establecida dentro de la UE.

Por lo tanto, los marketplaces se ocuparán de la gestión del IVA de terceros países que vendan sus productos a través de su plataforma en los estados miembros de la UE.

Los marketplaces deberán generar y mantener durante diez años un registro con los suministros realizados, para de esta forma permitir a las autoridades fiscales comunitarias comprobar si se han declarado de forma correcta.

En PB Asesores tenemos un gran equipo de profesionales con especialización en asesoría laboral, fiscal y económico-financiera con lo que podemos ayudarte a trazar las líneas maestras en de tu empresa. Te ayudamos en la gestión de empresarial y en los cambios en las normativas que solicitan.  Consúltanos ahora o visítanos sin compromiso.

 

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Pagar un mínimo de impuesto de sociedades: La UE apoya la propuesta

La Eurocámara vota a favor de instar a la Comisión Europea a que fije un mínimo para el impuesto de sociedades.

El impuesto de sociedades es el que deben pagar diversos tipos de empresas, clubes, cooperativas y sociedades de hecho sobre los beneficios de sus actividades. Las normas las establecen las autoridades nacionales y pueden ser distintas en cada Estado miembro.

Hay grandes empresas que pagan muy poco, de sus beneficios en el impuesto de sociedades. Por eso lleva tiempo reclamándose a nivel fiscal que todas las empresas paguen un porcentaje mínimo acordado.

Lo malo es que este tipo de decisiones es complicado adoptarlas a nivel país y se está intentando regular a nivel mundial, a petición entre otros del FMI.

Las negociaciones entre países para fijar un impuesto de sociedades mínimo en todos los países llevaban bastante tiempo estancadas, desde que se comprobó que la estructura de impuestos a las empresas internacionales no estaba adaptada a la nueva realidad digital, pero la pandemia y el cambio de poderes en la Casa Blanca han acelerado las cosas.

Tradicionalmente, para que un país pueda reclamar el pago de impuestos a una compañía, esta ha de tener presencia física permanente en él.

La necesidad de fijar un mínimo en impuesto de sociedades

Las difusas fronteras de lo digital han hecho saltar por los aires esa concepción. Ahora, en medio de la necesidad de ingresos que atraviesan todas las naciones por el golpe del Covid-19, tanto la OCDE como Estados Unidos y la Unión Europea se han puesto a trabajar en la posibilidad de establecer un tipo mínimo global para el impuesto de sociedades.

El objetivo no es otro que evitar que compañías que obtienen sus ingresos en un determinado país se los lleven a otro distinto con el fin de rebajar la factura fiscal.

En el caso de que estas negociaciones no den su fruto al menos se quiere implantar dentro de la UE. Por este motivo la Eurocámara ha votado a favor de instar a la Comisión Europea a que fije un mínimo para el impuesto de sociedades de todas las empresas que operen dentro de la Unión, sin importar si son empresas tradicionales u operan con bienes y servicios digitales.

Es fundamental a escala global que abordemos dos elementos fundamentales: el vinculado con un tipo mínimo en el impuesto de sociedades y, en segundo lugar, la imposición a las grandes plataformas digitales.

 

¿Qué porcentaje mínimo sería correcto?

Esto es lo que realmente está en debate. En Estados Unidos se quiere fijar en el 21%, pero lo cierto es que si se quiere que no haya paraísos fiscales que vayan por su lado en el sistema seguramente tendrá que ser mucho más bajo.

Ya hemos visto como grandes empresas del Ibex en España tienen tipo reales mucho más bajos que las pymes.

Lo ideal es que una pequeña empresa al menos pague lo mismo que una grande, pero nunca más porcentaje como ocurre ahora. El sistema fiscal redistributivo, que es el que tienen implantado la mayoría de los estados, en teoría dice que el que más gana, paga un poco más. Pero la realidad ya hemos visto que no funciona así.

Hasta el momento, amparados en su soberanía fiscal, algunos países optan por rebajar los impuestos a las empresas con la idea de atraer una mayor riqueza dentro de sus fronteras.

Se trata además de uno de los impuestos de más delicada gestión. Según los resultados de un estudio elaborado por la OCDE.

  • Los impuestos sobre las empresas son los más dañinos para el crecimiento económico.
  • El impuesto sobre las personas físicas o los que gravan el consumo resultan menos perjudiciales.
  • Los impuestos sobre la propiedad inmobiliaria son los que menos impactan.

 

Diferentes impuestos de sociedades en la UE

Es fundamental que una medida de este tipo se haga de forma coordinada. De poco sirve que algún país la implante por su cuenta o al menos no sería tan efectiva para que paguen grandes multinacionales.

Y con todo puede que al final sea el consumidor el que acaba asumiendo los costes, como ha ocurrido con la tasa Google. Es muy complicado que empresas de este tipo renuncien a ganar menos para pagar más impuestos.

En el caso europeo, Irlanda, con un tipo nominal de Sociedades del 12,5%, ha sido el lugar elegido por grandes compañías internacionales para establecer sus sedes europeas.

En España, por ejemplo, el tipo nominal es del 25%. No obstante, Irlanda no es el único país europeo que tiene tipos bajos de sociedades para atraer a grandes empresas.

Hungría tiene un tipo nominal del 9% y otras naciones con un tipo más elevado acaban reduciendo la factura final a base de deducciones o exenciones.

Todos los años se elabora un ranking que mide la competitividad del sistema fiscal de diferentes naciones. La forma tradicional de medir la presión fiscal consiste en poner en relación los ingresos que recauda un país con su PIB total.

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El coworking se reinventa e impulsa el desarrollo de nuevos negocios

El Coworking se reinventa, diferentes sectores comparten un mismo espacio profesional reduciendo gastos y creando sinergias beneficiosas

Antes de este año difícil que hemos tenido y seguimos teniendo el coworking ya estaba despuntando entre las pymes y autónomos de determinados sectores, que creaban sinergias entre ellos, podían colaborar en determinados proyectos, de manera que todos salían beneficiados.

Una solución que ayudaba a profesionales de diferentes sectores que comparten un mismo espacio para impulsar su actividad profesional o proyecto empresarial.

Tras la crisis sanitaria, el aumento de teletrabajo y por consiguiente el abandono de muchas oficinas este modelo de trabajo se está estableciendo cada vez más de forma estable en los negocios. En el caso de las pequeñas empresas, han tenido que reducir al máximo sus gastos fijos y también sus ataduras físicas.

Coworking y el modelo de trabajo hibrido

Las empresas que han empezado a apostar por los espacios de coworking están experimentando las oportunidades de conexión de sus empleados, una cultura innovadora propia de las comunidades de emprendimiento. Pueden ayudar a las compañías a acelerar su transformación y adaptabilidad a nuevas realidades que nos exigen cambios continuos.

Es posible trabajar de otra manera, incluso es posible reducir el espacio necesario para las instalaciones de nuestra organización. Si necesito una sala de reuniones, mejor busco este espacio en un coworking, por ejemplo.

La necesidad de rebajar los gastos fijos deshaciéndose de la oficina física, les ha dado paso a buscar en los servicios flexibles del coworking un lugar donde tener su oficina virtual, su dirección postal, un lugar donde poder reunirse con los clientes o ir a trabajar un número determinado de horas.

Todo ello sin tener que comprometerse con un gasto fijo de alquiler, luz, conexión a internet, etc. Se han dado cuenta que les sale más rentable el pago por uso.

Las empresas han descubierto que les dan mejores soluciones de las que podrían encontrar buscando su propia oficina.

Autónomos que trabajan desde casa coworking como alternativa

El coste de la factura del coworking se deduce por completo. Y no es lo mismo trabajar en casa, tener que gastar luz en climatización, ordenadores encendidos, que hacerlo fuera. Con los cambios de tarifa se notará, y bastante, en la factura.

Hay que valorar como influye en los próximos meses en los autónomos y pymes que hasta ahora trabajaban en casa, pero que con el incremento de la luz vemos como no compensa seguir en este camino.

Si la luz sube, hay más costes de climatización y solo se puede deducir un 30% de los costes de suministros, afectos a la actividad económica, puede salir mucho más rentable fiscalmente ir a trabajar a un coworking.

Infraestructuras, cercanía… Todo cuenta

Si queremos teletrabajar desde casa pero no tenemos el espacio o la conexión de fibra adecuada. Especialmente si nuestra residencia está lejos, para muchos puede ser una solución mejor disponer de un espacio para hacerlo en un coworking cercano a su domicilio.

Lo mismo podríamos decir si lo queremos aprovechar el verano para mudarnos a nuestra segunda residencia, donde muchas veces no tenemos la conexión o la capacidad de montar un puesto de trabajo.

Y sin embargo si hay centros de negocio que nos pueden facilitar todos los medios necesarios para llevar a cabo nuestras tareas de forma cómoda y, sobre todo, separar bien vida personal y profesional.

 

Todas estas ventajas hacen que el coworking nos esté sonando cada vez más y que sea una gran opción para nuestro negocio.

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